Mendoza oficializó una nueva normativa que modifica las condiciones para los jardines maternales privados que reciben a niños de 0 a 3 años. La medida establece nuevas exigencias de seguridad, infraestructura, personal y control educativo.
Jardín maternal privado: inscripción obligatoria y nuevos controles
Una de las principales novedades es la creación de un Registro Único de Jardines Maternales de Gestión Privada. La inscripción será obligatoria antes de iniciar actividades y cada establecimiento deberá exhibir en su fachada un cartel homologado con su nombre y número de CUE.
La Dirección General de Escuelas tendrá a su cargo la supervisión, fiscalización y control de estas instituciones. El objetivo establecido por la normativa es garantizar condiciones homogéneas de protección y calidad para la primera infancia.
Qué deberán presentar los establecimientos
Para obtener la autorización definitiva, los jardines deberán acreditar habilitación municipal, certificado de habitabilidad, seguro de responsabilidad civil, cobertura de emergencias médicas, plan de evacuación y desinfección anual.
También se exigirán antecedentes penales, aptos psicológicos y títulos del personal. Quienes trabajen en sala sin título de Nivel Inicial deberán realizar una capacitación obligatoria en cuidado infantil. Además, cada jardín tendrá que contar con un proyecto educativo institucional y registrar sus datos en el sistema de gestión educativa.
Los establecimientos que ya funcionan tendrán 6 meses para comenzar su adaptación. En determinados casos podrá otorgarse una autorización provisoria de hasta 60 días; si los incumplimientos no son corregidos, el permiso podrá caducar.





