El Gobierno de Javier Milei modificó la normativa que regula la propiedad intelectual en Argentina, a través del decreto 765/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, y a partir de este jueves los salones de fiestas, restaurantes y hoteles ya no tendrán que pagarle a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) por pasar música en eventos privados.
El decreto, que lleva las firmas de Milei, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, modifica el decreto 41.223 de 1934 que reglamentó la ley 11.723 de Propiedad Intelectual, incorporando una redefinición del concepto de “ejecución pública” para que no se abonen derechos de autor a la SADAIC en eventos que hasta ahora sí estaban alcanzados por la norma.
Qué dice el nuevo decreto
En el primer artículo del nuevo decreto, se establece que “se entiende por representación o ejecución pública aquella que se efectúe -cualquiera que fueren los fines de la misma- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”, por lo tanto “no existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”.
En ese sentido, “se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”, dice el decreto publicado este miércoles.
El nuevo decreto también determina que “las obras musicales, las obras cinematográficas y los fonogramas no podrán ser objeto de ejecución pública ni transmitidos o retransmitidos por cualquier medio, sin autorización expresa de los titulares de sus derechos, sus derechohabientes, representantes o las sociedades de gestión colectiva que los representen”
En ese sentido, aclara que “sin perjuicio de los derechos exclusivos que acuerdan las leyes a titulares de los derechos, sus derechohabientes, representantes, las sociedades de gestión colectiva que los representen o una plataforma autorizada por estos a ofrecer licencias con ese fin, estos tienen el derecho de percibir una remuneración equitativa de cualquier persona que en forma ocasional o permanente obtenga un beneficio económico directo o indirecto con la utilización pública de una obra y, en general, quien realice ejecución pública por cualquier medio directo o indirecto”.
Por lo tanto, “se considerará debidamente remunerada la ejecución pública cuando un establecimiento utilizare una licencia de ejecución pública otorgada por los titulares de los derechos, sus derechohabientes, representantes, las sociedades de gestión colectiva o una plataforma autorizada por estos a ofrecer licencias con ese fin”.
El decreto aclara, por último, que no será necesario abonar compensación alguna “por utilizaciones ocasionales de carácter didáctico, o conmemoraciones patrióticas, en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado”.
El festejo de Sturzenegger y Scioli
Tras la publicación del decreto 765/2024, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, compartió un extenso tuit jactándose de haber “bajado los costos” de la actividad hotelera y turística. “Hoy por el Decreto 765/24 el presidente Javier Milei aclaró el alcance de los derechos de propiedad intelectual para la reproducción de contenidos en ámbitos privados”, destacó en la red social X.
Según Sturzenegger, “existía una controversia sobre si, por ejemplo, el uso de un televisor en una habitación de hotel consistía una difusión pública o privada” y “el Decreto, que modifica una norma del año 1934, precisa que en ese caso se trata de un ámbito de reproducción privada”. La confusión, sostuvo el funcionario, “había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aún si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios”.
El decreto, siguió Sturzenegger, “también moderniza la comercialización de licencias de reproducción, autorizando las programadas para la difusión pública de contenidos”. Así, se “agiliza el cumplimiento de las obligaciones en establecimientos con tránsito público (comercios, etc)” y ahora por ejemplo, “podrías comprar una licencia de Spotify pensada para uso comercial que no se podía ofrecer”, sostuvo.
Sobre el final de su mensaje, hizo una defensa del libremercado y dijo que “la claridad sobre los derechos de propiedad es el pilar de una economía libre”, al tiempo que reveló que el decreto publicado este miércoles “fue el producto de un trabajo conjunto de varias áreas incluyendo al ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y el Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente, Daniel Scioli”, mientras que en el Congreso “lo impulsaron en Bases I los diputados Laura Rodríguez Machado y Hernán Lombardi”.
Scioli, en línea con el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, celebró la publicación del nuevo decreto como un paso más para la desregulación económica. “Cumplimos nuestra promesa: los hoteles ya no deberán abonar tasas por derechos de autor ni por la reproducción de música en las habitaciones, consideradas ámbito privado”, celebró en su cuenta de X.
Y concluyó: “Este logro es el resultado de una política de mayor desregulación económica impulsada por el Presidente Javier Milei que fortalece la competitividad de la industria turística. Gran trabajo del Ministro Federico Sturzenegger y del Gobierno en este camino hacia un Estado que actúa como un gran facilitador”.
Fuente: Pagina 12