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Piden informe sobre alcoholímetros en locales bailables

Por Silvio Barroso

15 de septiembre de 2025
Buscan saber si los boliches cumplen con la Ley 8.296

Por medio de un proyecto de Declaración, solicitan a la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Mendoza que informe si los locales y/o eventos que cuenten con pista de baile habilitada y expendio de bebidas alcohólicas en San Rafael cuentan con alcoholímetros conforme a la Ley Provincial Nº 8296.

“Está comprobado que el alcohol es una de las principales causas de accidentes de tránsito en Mendoza, siendo responsable de un elevado porcentaje de siniestros viales con consecuencias fatales o con lesiones de distinta gravedad, especialmente durante la franja horaria nocturna y en las madrugadas de fines de semana, momentos directamente vinculados con la salida de boliches y locales bailables”, expresó el concejal Mariano Cámara, autor del proyecto.

El edil justicialista señaló que la seguridad vial “no puede limitarse únicamente  la sanción”, remarcando que también es necesario apuntar a la prevención.

Recordó que la Ley Provincial 8296 establece que los boliches deben “contar con un alcoholímetro obligatorio en el ingreso”. Como, así también, el Decreto Reglamentario 1735/17, en su Artículo 8º, inciso 7, el cual “establece que el alcoholímetro estará a disposición de los asistentes al local”.

Cámara indicó que “la colocación de alcoholímetros de acceso libre en establecimientos bailables constituye una herramienta concreta y eficaz para promover la autoevaluación de los asistentes respecto de su nivel de alcoholemia, brindándoles información inmediata y confiable que les permita adoptar decisiones responsables antes de conducir un vehículo”.