El Gobierno habilitó a las prepagas y obras sociales a limitar la cobertura de los afiliados. De esta forma, según la Resolución 3934/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, solo médicos en cartilla podrán prescribir medicamentos y tratamientos.
Entre los argumentos, se afirma que lo establecido es para “garantizar la sostenibilidad del sistema“. Además, el Gobierno diferencia los planes abiertos de los cerrados.
En los planes abiertos, según lo expresado, los beneficiarios pueden optar por recibir la cobertura médico-asistencial a través de los prestadores de cartilla o de prestadores externos; mientras que, en los planes cerrados los beneficiarios deben atenderse exclusivamente con los prestadores incluidos en la cartilla, quienes resultan ser los habilitados para prescribir una práctica médica o un medicamento.
Actualmente, las prescripciones pueden ser realizadas no solo por médicos de la cartilla sino también por otros profesionales que no trabajan para la institución.
Sin embargo, uno de los cuestionamientos de las prepagas y obras sociales en el último tiempo es que “cualquier médico” hace una receta y eso, voluntaria o judicialmente, debe ser cubierto. Aquí, se apunta principalmente a los medicamentos de alto costo.
Por ello, según aclara la normativa, la situación descripta “refleja un riesgo de desfinanciamiento para los Agentes del Seguro de Salud, dado que la cobertura de prácticas o medicamentos no previstos adecuadamente en sus planes de salud puede comprometer la sostenibilidad financiera del sistema”.

Fuente: El Sol